Violencia intrafamiliar · Sanciones

Penas por violencia intrafamiliar en Chile

La Ley 20.066 distingue según si los hechos constituyen delito o no. De eso depende si el caso lo ve el Tribunal de Familia con una multa, o el sistema penal con pena de presidio.

Ley 20.066Falta: multa de 0,5 a 15 UTMDelito: 61 días a 3 añosAgravantes y desacato

Respuesta rápida

¿Cuánto es la pena?

Hay dos escenarios. Si los hechos no constituyen delito, el caso lo ve el Tribunal de Familia y la sanción es una multa de media a 15 UTM, que se destina a centros de atención de víctimas. Si sí constituyen delito —lesiones, amenazas o maltrato habitual—, el caso pasa al sistema penal: el maltrato habitual tiene pena de presidio menor en su grado mínimo a medio, de 61 días a 3 años. En ambos casos el tribunal puede imponer además medidas accesorias.

Dos vías

Falta o delito: por qué cambia todo

Como falta: Tribunal de Familia

Cuando los hechos no configuran delito penal. La sanción es multa de media a 15 UTM, con pago acreditable dentro de 5 días desde la notificación.

Como delito: sistema penal

Lo investiga el Ministerio Público y lo resuelve un tribunal penal. Aquí entran las lesiones, las amenazas y el maltrato habitual.

Maltrato habitual

Delito creado por la Ley 20.066: el ejercicio habitual de violencia física, psíquica o sexual. Pena de 61 días a 3 años.

Lesiones en contexto de VIF

Las penas por lesiones se aumentan en un grado cuando ocurren en contexto de violencia intrafamiliar. Las lesiones graves pueden implicar cárcel efectiva.

La calificación no la decide la víctima: la hacen la fiscalía y el tribunal a partir de los hechos y la prueba. Por eso cómo se documenta la denuncia incide directamente en la sanción que puede llegar a aplicarse.

Qué endurece la sanción

Circunstancias agravantes

Cometer la violencia en presencia de niños, niñas o adolescentes

Que la víctima sea una mujer embarazada

Que el agresor tenga condenas previas por violencia intrafamiliar

Incumplir medidas de protección que estuvieran vigentes

Uso de armas durante los hechos

Más allá de la pena

Medidas accesorias que puede imponer el tribunal

Se aplican junto a la multa o la pena, y son las que más cambian la situación cotidiana de la víctima.

Abandono del hogar común

El agresor debe salir de la vivienda que comparte con la víctima.

Prohibición de acercamiento

A la víctima, a su domicilio y a su lugar de trabajo o estudio.

Programas terapéuticos

Asistencia obligatoria a programas de intervención para agresores.

Prohibición de armas

Prohibición de tenencia y porte, con comiso de las que tuviera.

Monitoreo telemático

Control electrónico del cumplimiento de la prohibición de acercamiento.

Alimentos provisorios

Obligación de pagar alimentos provisorios cuando corresponda.

Incumplir una medida es delito de desacato. Puede derivar en arresto inmediato, un proceso penal aparte y el endurecimiento de las medidas vigentes. Cada incumplimiento conviene denunciarlo en el momento: queda registrado y refuerza el caso.

Preguntas frecuentes

Sobre las penas y sanciones

¿Necesitas saber qué aplica en tu caso?

La calificación de los hechos define toda la vía procesal. Cuéntanos tu situación y un abogado de familia te orienta sobre qué corresponde pedir.

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